IEQROO APROBÓ REGLAS DE PARIDAD DE LAS POSTULACIONES REALIZADAS POR LA COALICIÓN PARCIAL “JUNTOS HAREMOS HISTORIA POR QUINTANA ROO”.

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* En el caso del PRI consideró que no se ajusta a las reglas de paridad transversal, fundamentado en el Artículo 277 de la Ley local y estima conducente otorgar el término de 48 horas, para que realice los ajustes necesarios en el bloque de baja competitividad.

Chetumal. – El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana (IEQROO) en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente, aprobó por mayoría el acuerdo respecto a las reglas de paridad de las postulaciones realizadas por la coalición parcial “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, conformada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México, al considerar se maximizan los derechos a favor de la mujer, y que se ajustan a las reglas de paridad, en el contexto del proceso electoral local ordinario 2018-2019.

Destacar que el partido político MORENA, presentó la solicitud de registro de las candidaturas correspondientes a los distritos 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 14, el Partido Verde Ecologista de México, presentó la solicitud de registro de las candidaturas correspondientes a los distritos 4 y 8, mientras que el Partido del Trabajo, solicitó el registro de las candidaturas correspondientes a los distritos 2, 13 y 15.

En dicha sesión se comentó que la Coalición parcial postuló en el bloque de alta competitividad a dos hombres y tres mujeres, lo cual, en términos de los Criterios de paridad Sexto y Décimo Segundo numeral séptimo, es correcto, en virtud que es una postulación paritaria que en el caso atinente otorga un mayor beneficio al género femenino, mientras que en el bloque de baja competitividad existe una mayoría de cuatro personas del género femenino contra una del género masculino.

En otro punto del orden del día, el Consejo General determinó que las postulaciones realizadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), no se ajustan a las reglas de paridad, por lo que en plena tutela de los derechos de las mujeres y con fundamento en el Artículo 277 de la Ley local, estima conducente otorgar el término de 48 horas, contadas a partir de la legal notificación del presente instrumento jurídico, para que el partido político de referencia, en plena observancia de los principios de no discriminación y de igualdad establecidos de los artículos 1 y 4 de la Constitución federal, realice los ajustes necesarios en el bloque de baja competitividad a efecto de dar cumplimiento a la paridad transversal, en términos de lo establecido en los Criterios de paridad, por las consideraciones ya vertidas.

Se informó que el Partido Revolucionario Institucional cumple con la paridad en el bloque de alta competitividad al postular a tres hombres y dos mujeres, en el bloque de baja competitividad existen cuatro hombres y una mujer, por lo que existe un incumplimiento de los apartados Sexto y Décimo Segundo numeral séptimo de los Criterios de paridad, ello es así, porque en el bloque de baja competitividad, el instituto político de referencia postula un mayor número de hombres.

En ese sentido, la postulación de un mayor número de hombres en el bloque de baja competitividad, representa un obstáculo a las mujeres, para que en igualdad de circunstancias que el género opuesto, contiendan por un cargo de elección popular.

En otro punto del orden del día, el Consejo General aprobó el procedimiento de selección de las y los aspirantes a ocupar los cargos de personal operativo (acopiador, digitalizador, capturista de datos, verificador), así como la convocatoria para seleccionar a dicho personal que integrará los centros de acopio y transmisión de datos del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), del proceso electoral local ordinario 2018-2019.

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